De cómo hemos llegado hasta aquí: el presente del Caso de la Talidomida en España

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Ignacio Martínez, abogado de AVITE, en su despacho de Murcia.

DE CÓMO HEMOS LLEGADO HASTA AQUÍ:

EL PRESENTE DEL CASO DE LA TALIDOMIDA EN ESPAÑA

Fuente: Blog Hay derecho (por una conciencia cívica) Expansión.

Articulo íntegro

La talidomida -cuyos orígenes se hunden en lo más nauseabundo de la Alemania nazi- es un principio activo con el que en los años 50 y 60 del pasado siglo -luego veremos que en España mucho más allá- se fabricaron sedantes por la farmacéutica alemana Grünenthal, que se prescribieron masivamente a las embarazadas como calmante para paliar las náuseas propias de su estado. En 1961 se descubrió que era un potente teratógeno, pero para entonces ya había producido decenas de miles de abortos y todo tipo de malformaciones en los bebés -principalmente focomelias-.

El escándalo dio paso al inicio de la regulación del medicamento en todo el mundo tal cual la conocemos hoy, y de manera más o menos acertada cada país lo digirió reconociendo a sus afectados y aprobando pensiones vitalicias y otras prestaciones económicas para ayudarlos a sobrellevar sus terribles taras.

Ignacio MartÍnez, abogado de AVITE.

Sin embargo, hay un país que sobre esta tragedia ha acabado generando otra aún mayor: España.

Nuestro país empezó por negar la distribución del fármaco ab initio: muerto el perro, muerta la rabia. En el contexto franquista los niños afectados, con sus aletas de foca en lugar de miembros, eran angelitos, un regalo de Dios. La cosa empezó a cambiar cuando en los años ochenta Pepe Riquelme empezó a preguntarse por qué él era un angelito y su vecino no. Esto dio pie a la fundación de Avite y a una lucha titánica que tuvo su primer logro con la aprobación del raquítico RD 1006/2010, que reconocía a un puñado de afectados, y les concedía por ayuda un puñado de dólares. Posteriormente vino el proceso judicial contra Grünenthal, que se ganó en primera instancia -SJPI 90 Madrid 19/11/2013-, para luego perderse por prescripción -SAP Madrid 13/10/14 y STS 20/10/15-. No es objeto de este artículo el análisis detallado del mismo, pero acerca del oprobio jurídico que ha supuesto, el firmante reta al lector a que sea capaz de decir cuál es el dies a quo que tuvo en cuenta el tribunal para dar por prescrito el caso: sencillamente no existe.

A partir de aquí Avite retomó la vía política, y con gran esfuerzo consiguió que legalmente se reconociesen ayudas para los afectados gestados entre 1950-1985, llamativo intervalo de tiempo fruto de sus investigaciones, que nada tiene que ver con el contemplado en el citado RD 1006/2010 de 1960-1965, y sobre el que luego volveré. Sin embargo, pese al tiempo transcurrido, por h o por b las víctimas siguen sin recibir esas ayudas, y por si fuera poco el Gobierno hasta el momento se niega a procurar la exención fiscal de las mismas, como sí hiciera en su día para los infectados por el VIH -RD Ley 9/1993-, los de VHC, accidentados de tráfico, víctimas de terrorismo, etc.

Esta pasividad del Ejecutivo ha dado pie a que con fecha 14/1/19 Avite haya registrado una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, por la que reclama 390 millones de euros de esas ayudas para sus cientos de socios talidomídicos. Se basa en los siguientes argumentos:

1-A pesar de que el procedimiento para el reconocimiento de afectados parte del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 8/11/2017, es decir, hace 14 meses, no existe a día de hoy ni uno solo reconocido oficialmente. El Ministerio ni siquiera ha coordinado la liberación de los siete componentes del Comité Científico Técnico de sus obligaciones asistenciales en la medicina pública para realizar su trabajo. De nada han servido las constantes peticiones de Avite al respecto.

2-A pesar de que la PROPOSICIÓN NO DE LEY del 26/11/16, que se aprobó por unanimidad del Congreso de los Diputados, respecto de los afectados por la talidomida en España exigía -junto a reconocerlos con urgencia e indemnizarlos en el plazo máximo de 2018- estudiar la exención fiscal de lo pagado, más de dos años después el Ministerio de Hacienda -el 9/1/19- informa de que no existe nada hecho al respecto. Repito, nada. Avite ha expresado en múltiples ocasiones a representantes del Gobierno que este punto es crucial, no solo para conseguir el objetivo de las ayudas, que obviamente se perdería si con una mano se da a las víctimas lo que con la otra se les quita vía impuestos, sino que además sería intolerable el agravio comparativo con el resto de afectados del mundo y con los de otros males en nuestro país, que sí gozan de exención fiscal.

3-A pesar de que desde julio de 2018 la LGPE 6/2018 -disposición adicional quincuagésima sexta-, exigía que los afectados percibiesen determinadas ayudas según su grado de discapacidad, nadie ha cobrado nada hasta la fecha, ni se ha aprobado el instrumento normativo que establezca el procedimiento de pago. Como se ha dicho la PNL estableció plazo máximo 2018 para el pago.

4-Y por último, a pesar de que la citada Ley 6/2018 es clarísima en tanto que obliga al Gobierno a recabar de Grünenthal la colaboración económica necesaria para la reparación de las víctimas, así como el reconocimiento del daño causado -cosa que ya dos años antes contemplaba la citada PNL-, tanto tiempo después el Gobierno no ha hecho nada.  Y esto es particularmente humillante teniendo en cuenta que Grünenthal, según son hechos probados en sentencia firme, actuó con culpa y negligencia -y dolo-, y es la responsable material junto con el Estado de la tragedia en España, el país peor tratado del mundo. Por si fuera poco la facturación de esta compañía en nuestro país en gran parte corresponde a la sanidad pública, lo que obviamente le otorga al Gobierno mucha fuerza para negociar -¿recuerda el lector la contundencia del Gobierno alemán ante la supuesta importación de pepino de Almería contaminado, cosa que además luego se demostró falsa?-. Sin más comentarios.

Vayamos ahora a un punto especialmente sangrante: La Ley del Medicamento 25/1990, la primera ad hoc en nuestro país, en su exposición de motivos decía: …Después de 1962, la catástrofe de la Talidomida introduce un cambio fundamental y permite hablar de una segunda generación de leyes que exigen seguridad y eficacia demostrada con ensayos clínicos controlados.

Veintiocho años después el mismo legislador, en la citada LGPE 6/2018, reconoce la existencia de afectados por la Talidomida en España durante… ¡el período de 1950-1985!

Estamos pues ante un hecho que por sí mismo debería a los responsables de la situación actual hacérseles caer la cara de vergüenza. Es decir, que por un lado el Estado reconoce la contribución de las víctimas a la regulación del medicamento para seguridad de todos nosotros; y que tras 1962 la catástrofe estaba ya instaurada… Y por otro reconoce también que aquí los afectados fueron gestados hasta 1985, lo que de por sí solo debía suponer que la solución hace mucho hubiera sido rápida y generosa: ¡Es que nadie fuera de España se cree que exista ningún talidomídico gestado después de 1961! ¡Es que esto, sin más pruebas, pone en evidencia la desidia y negligencia del Estado, no ya franquista, sino de bien entrada la democracia! Que el Estado torture a sus nacionales con este kafkiano proceso es de una crueldad sin límites, y yo me niego a pensar que los españoles, de conocer en detalle estos hechos, avalen lo que sus representantes públicos están haciendo.

Hagamos para finalizar repaso de los méritos de nuestros poderes públicos:

 -Cuando en 1961 en Alemania estalló el escándalo, aquí no hubo control alguno para evitar que las embarazadas siguieran tomando talidomida. Según el propio legislador, hasta por lo menos 24 años después. Inaudito.

 -Luego se negó la existencia del problema.

-En 2010 se empezó a reconocer que había víctimas: tarde, insuficientemente y mal.

-El procedimiento judicial que emprendió Avite contra Grünenthal dio por probado el daño y el nexo causal con actos dolosos de la farmacéutica, pero declaró prescrito el caso. La prescripción es un instituto jurídico que sacrifica la justicia por la seguridad jurídica, y exige para estimarla concretar al menos dos cosas, un plazo y un dies a quo. Sin embargo el poder judicial español nunca concretó dies a quo -vid voto particular del magistrado Arroyo Fiestas en la STS 20/10/15: si hasta 2010 el Estado negó la existencia de afectados ¿cómo iban estos a demandar antes?-.

-El caso toma de nuevo una dimensión política entre 2016 y 2018: allanado el escollo judicial con la supuesta prescripción, y salvado el interés empresarial, se socializa la pérdida -¿les suena?-. El problema es que entonces pasa el tiempo y simplemente el Gobierno incumple la ley.

……….

Los afectados, por supuesto involuntariamente, nos han regalado a todos la relativa seguridad en el uso de los medicamentos, y yo me pregunto con qué moneda se lo hemos pagado sus compatriotas.

La inmensa mayoría de las víctimas ya han muerto, o ni siquiera llegaron a nacer. Las vivas sufren un envejecimiento acelerado que en Alemania, tras el llamado Informe Heidelberg, conllevó que en 2013 les elevasen allí las pensiones hasta los 7000 euros mensuales. Con este dinero no viajan en jet privado, ni beben alegremente champán. Son personas sin brazos ni piernas que dependen de terceros, de tecnología, de tratamientos y de un sinfín de cosas muy caras que deben costear.

Fin de la historia:

Grünenthal exonerada por una prescripción -de la que me ahorro el calificativo-, y encantada de seguir lucrándose con la sanidad pública del único país en el que siguió por codicia vendiendo talidomida tras 1961, sabiendo el inmenso mal que provocaba. Una ley exige que el Gobierno le pida cuentas, pero… ¿y si al hacerlo molestamos a Frau Merkel?

Y el otro responsable, el Estado, a regañadientes y con el dinero de los ciudadanos pagará tarde y mal, pero eso sí, recuperará la mitad vía impuestos.

…Pues no: seguiremos luchando para que las víctimas cobren cuanto antes ayudas exentas fiscalmente; para que nuestro Gobierno nos represente con dignidad y cumpla la ley exigiendo y consiguiendo la parte de Grünenthal; y para que tras tanto oprobio no se cierre este episodio en falso.

Tras nueve años como abogado de Avite advierto a los implicados: mi cliente es humilde, pero muy, muy persistente en sus fines.

Murcia, 19-1-19.

Ignacio Martínez, abogado de Avite.

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